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Facturación electrónica CFDI 4.0

Facturación electrónica CFDI 4.0

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A principios de este año, para ser exactos el 1 de enero de 2022, se revisó la información que se debe incluir en las facturas, con la versión 4.0 del CFDI. Durante el año 2022 coexisten las versiones 3.3 y 4.0, sin embargo el CFDI 4.0 será obligatorio a partir del 1 de enero de 2023. Por lo tanto, lo mejor es que empieces a usar un sistema que esté habilitado con la facturación electrónica CFDI 4.0. A este respecto, no tienes de qué preocuparte, pues en Soporte Morelia somos expertos en este tipo de sistemas.

Características de la facturación electrónica CFDI 4.0

¿Cuáles son los principales cambios en esta versión de CFDI 4.0? Entre otras cosas, el nombre del emisor debe incluirse de forma obligatoria. También se debe indicar el código postal del destinatario. Además, hubo algunos cambios en lo referente al uso de la factura, pues ahora ya no aparece la opción “Por definir”. Con respecto a las facturas emitidas en monedas distintas al peso mexicano (MXN) deberá presentarse el tipo de cambio establecido por el Banco de México para la fecha correspondiente de la transacción. 

Con la finalidad de emitir adecuadamente las facturas, el SAT dice que es recomendable revisar la información que aparece en el comprobante de situación fiscal. Se debe evitar dejar espacios o incluir caracteres adicionales a la entrada del RFC. Sin embargo, por el momento no es necesario incluir la dirección completa del receptor de la factura, pues será suficiente con el código postal, el cual debe coincidir con la información registrada en el SAT. 

Otros aspectos relevantes.

Adicionalmente, el CFDI 4.0 permite la cancelación de facturas, mientras se produzca dentro del período correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión. Por ejemplo, bajo el régimen simplificado de confianza los contribuyentes no pueden cancelar facturas cuando haya terminado el mes en que se emitió la factura. Cabe destacar que el nuevo proceso de cancelación de cancelación entró en vigor el 1 de enero de 2022. Esto es aplicable sin importar el tipo de CFDI que se haya generado, por lo que incluye tanto a la versión 3.3 como a la 4.0.

Por lo tanto, actualmente los CFDI que se pueden cancelar sin solicitar autorización del receptor son los que tengan menos de un día hábil de emisión. Esto es aplicable sin importar el monto por el que se haya facturado. Adicionalmente, también la medida es aplicable a las facturas por un monto menor a $1,000 MXN, con impuestos incluidos. Lo mismo ocurre si la factura se expide a contribuyentes que estén dados de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal. De igual forma, es aplicable cuando el receptor es extranjero y, por lo tanto, se usa RFC genérico XEX010101000. Por supuesto, existen otros supuestos, acordes a la situación de cada emisor y receptor.

Sin importar cuáles sean tus requerimientos, en Soporte Morelia tenemos los sistemas de facturación electrónica CFDI 4.0 de vanguardia. Puedes enviarnos un mensaje al número de WhatsApp que aparece en el encabezado de este artículo y con gusto atenderemos tu solicitud.

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